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Mostrando entradas de mayo, 2019

Cambio de cerradura vs delito por coacciones

El cambio de cerradura de la vivienda habitual, u otras propiedades, llevado a cabo por uno de los cónyuges de una unidad familiar, ejecutado bajo las siguientes circunstancias: Cuando aún no se hubiera iniciado oficialmente un proceso de divorcio o exista una sentencia firme que atribuya la vivienda al cónyuge que decide el cambio de cerradura. Si ocurre sin el conocimiento y consentimiento del otro cónyuge. Puede ser considerado un delito de coacciones tipificado en el artículo 172 del código penal, ya que sin estar legitimado para ello, impide a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe y tiene como objetivo impedir al cónyuge afectado el legítimo derecho al disfrute de su vivienda. Por tanto, la pena se impondría en su mitad superior en este caso. Lo preceptivo es interponer una denuncia ante la autoridad competente (policía nacional, guardia civil) para que levanten atestado policial, también se puede denunciar en el Juzgado de guardia. Tras la denuncia se abre un

Actitud frente a un procedimiento de divorcio

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El siguiente artículo es fruto de la reflexión y experiencia, adquirida de la asistencia jurídica, que he proporcionado a mis clientes en numerosas rupturas y procesos de divorcio. Únicamente, he tratado de resumir de manera escueta y sencilla, cuál es la actitud que deberíamos tener ante un proceso de divorcio, siempre que sea posible. Cuando asesoro a mis clientes, procuro hacerles entender cuestiones fundamentales sobre cómo afrontar el procedimiento, más allá de mi consejo jurídico, ya que podría afectar a sus relaciones familiares futuras: PRIMERO: Los cónyuges no pueden pretender vivir por separado con el mismo nivel económico a partir del divorcio, puesto que la ruptura acarrea una merma patrimonial para ambas partes y, posteriormente, ambas economías deberán sostenerse por sí mismas. Así pues, lo primero que ambos cónyuges deben hacer es adaptar sus finanzas a su nueva realidad económica y procurar no entrar en batallas por cuestiones monetarias, ya que, de no existir acuer

¿De dónde viene el derecho?

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Conocer de dónde venimos para saber a dónde vamos. Hay quien opina que el derecho, al menos en esencia, es inherente al ser humano en su relación para con los demás, pero el nacimiento del derecho como sistema articulado de normas parte del concepto de lo injusto, la iniuria romana, y de la necesidad social de encontrar el equilibrio entre lo justo y lo injusto, es la idea de la iurisprudentia romana o la frónesis griega, que hacía que en los albores del derecho, éste se aplicaba por la tradición basándose en la resolución de casos anteriores, lo que hoy conocemos como derecho consuetudinario. Poco a poco la producción normativa romanista fue extendiéndose gracias a los edictos de los Magistrados Pretores, hasta llegar a recogerse años más tarde buena parte de ese derecho en una gran compilación, el Corpus Iuris Civilis (sobre todo el Digesto), gracias al emperador romano Justiniano. Esta es la base sólida en la que se inspira el verdadero derecho tal y como hoy lo conocemos que naci